La Ley 186 de 2 de diciembre de 2020 y el Decreto Ejecutivo 93 de 20 de agosto de 2021 (en adelante ambos la “Normativa”) regulan las Sociedades de Emprendimiento y buscan crear un nuevo tipo de persona jurídica que facilite la formalización de empresas por medio de un sencillo sistema de registro y otorgándoles beneficios fiscales a los emprendedores.
Los incentivos de esta Normativa pueden aplicarse a todos los emprendimientos innovadores u aquellos que representan creaciones de valor o beneficio social y económico a nivel nacional, cuya renta gravable sea producida dentro del territorio de la República de Panamá.
Las empresas que posterior a su creación se mantengan dentro de los siguientes márgenes de ingresos serán consideradas como micro y pequeñas empresas:
Algunos datos sobresalientes de la Normativa de las Sociedades de Emprendimiento:
A continuación, los incentivos para las Sociedades de Emprendimiento:
Los beneficios que se consagran en la Normativa solo serán aplicables una sola vez y comenzarán a computarse desde el momento en que se inscriba en el Registro Público la transformación de la sociedad.
Las Sociedades de Emprendimiento tendrán un período de seis meses para iniciar operaciones contados a partir de la emisión de su Aviso de Operación. En caso de no iniciar operaciones dentro de este período de tiempo, serán disueltas de oficio.
La Normativa empezará a regir el 3 de diciembre de 2021.
Cualquier duda sobre la implementación de la Normativa, beneficios, requisitos, limitaciones y obligaciones de reporte, por favor no dude en contactarnos para poder brindarle una asesoría integral adaptada a sus necesidades.
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